A partir del 12 de enero del 2009, los titulares
de pasaportes de países que integran el Programa
de Exención de Visas, estarán obligados
a conseguir una autorización de viaje electrónica
antes de embarcar hacia los Estados Unidos. Asimismo
deberán cumplir con los requisitos necesarios
como ser lectura óptica, foto digital o chip
electrónico para poder viajar a los Estados
Unidos.
Actualmente el Programa de Exención de
Visas permite que los ciudadanos con pasaportes
emitidos en los siguientes países puedan
viajar a los EE.UU., por turismo o negocios sin
visa: Alemania, Andorra, Australia, Austria,
Bélgica, Brunei, Dinamarca, Eslovenia,
España, Finlandia, Francia, Holanda,
Irlanda, Islandia, Italia, Japón, Liechtenstein
Luxemburgo, Mónaco, Noruega, Nueva Zelanda,
Portugal, Reino Unido, San Marino, Singapur,
Suecia y Suiza.
Cuando el Sistema Electrónico para la Autorización
del Viaje (ESTA, por su sigla en inglés)
entre en vigor, a partir del 12 de enero del 2009,
todos los ciudadanos de países con exención
de visado que planeen viajar a Estados Unidos, temporalmente
por negocios o placer en el marco del Programa de
Exención de Visado, necesitarán recibir
una autorización electrónica del viaje
antes de embarcar en un avión o un barco
de crucero con destino a Estados Unidos. El requisito
no afecta a los ciudadanos estadounidenses que viajen
al extranjero.
Actualmente, los ciudadanos de países con
exención de visado rellenan, durante el trayecto
a Estados Unidos, el formulario I-94W, en el que
proporcionan información básica biográfica,
sobre el viaje y otros requisitos. Con el Sistema
Electrónico para la Autorización del
Viaje los viajeros con exención de visado
proporcionarán esta información en
línea antes de partir hacia Estados Unidos.
El Sistema Electrónico para la Autorización
del Viaje determinará, casi inmediatamente
en muchos casos, si una persona cumple los requisitos
para viajar sin visado y si el viaje plantea algún
riesgo para el orden público o la seguridad.
La solicitud se podrá presentar en cualquier
momento antes del viaje y, una vez aprobada, será
válida por un periodo de dos años
o hasta que caduque el pasaporte del solicitante
si es antes de ese periodo. Las autorizaciones también
serán válidas para entradas múltiples
a Estados Unidos. Para facilitar el proceso de autorización,
el Departamento de Seguridad Nacional recomienda
que se presente la solicitud tan pronto como el
solicitante comience a planear el viaje a Estados
Unidos y no menos de 72 horas antes de viajar.
El 1 de agosto de 2008, el Departamento comenzó
a aceptar solicitudes voluntarias a través
de la página web del Sistema Electrónico
para la Autorización del Viaje, https://esta.cbp.dhs.gov.
Sin embargo, mientras esta autorización no
sea obligatoria para todos los viajeros con exención
de visado, seguirá siendo necesario completar
el formulario I-94W durante el trayecto a Estados
Unidos y presentarlo en el puerto de entrada al
país.
Durante el último año fiscal, Estados
Unidos recibió a más de 15 millones
de visitantes con exención de visado. Los
interesados en acceder a mayor información
sobre el Sistema Electrónico para la Autorización
del Viaje, pueden hacerlo en la página www.cbp.gov/travel.
Véase también "Nuevo
programa de autorización previa al viaje para visitantes
con exención de visado".